Escuchar artículo

El viernes 2 de septiembre, el interventor de ARICCAME, Ignacio Ferrari, firmó la Resolución 69/2026. Al día siguiente salió publicada en el Boletín Oficial. En criollo: por primera vez en Argentina hay un marco legal para producir y vender flor de cáñamo — la parte de la planta que hasta ahora quedaba en un limbo regulatorio.

Aclaremos el malentendido antes de que se instale: esto no es la apertura de la flor de cannabis para consumo. Es un régimen para cáñamo no psicoactivo — plantas con hasta 1% de THC — pensado para una cadena de negocio, no para el mercado recreativo ni para el autocultivo personal.

El camino hasta acá

ARICCAME viene regulando la industria del cáñamo por etapas. En 2024, con la Resolución 1/2024, habilitó licencias para semilla, grano y fibra — la primera etapa. La flor y la biomasa quedaban afuera de ese esquema. Esta resolución completa esa segunda etapa: ahora hay reglas específicas para inflorescencias, biomasa y demás material vegetal no psicoactivo.

Las cuatro licencias nuevas

El régimen crea cuatro categorías, todas para cáñamo con fin hortícola:

  • Producción Agrícola
  • Elaboración de Productos Derivados
  • Servicios Conexos
  • Comercio Exterior

Cada licencia habilita exclusivamente esa actividad puntual — tener una no te habilita para las otras.

Lo que la norma no resuelve (y por qué eso está bien)

La propia resolución es clara en un punto que conviene remarcar: tener esta licencia de ARICCAME no te exime de lo que pida cualquier otro organismo con competencia sobre tu actividad — Ministerio de Salud, ANMAT, SENASA, INASE o Aduana (ARCA), según lo que estés produciendo. Si tu producto derivado termina siendo, por ejemplo, un cosmético o un alimento, ese circuito de habilitación sanitaria sigue corriendo por su cuenta.

Siete anexos, la letra chica que importa

La resolución no se queda en el título. Trae siete anexos técnicos:

  1. Régimen de licencias — cómo se tramita cada una.
  2. Esquema arancelario — cuánto cuesta cada trámite.
  3. Buenas Prácticas Agrícolas — lineamientos mínimos para producir.
  4. Condiciones técnicas de infraestructura — y acá hay una restricción concreta: no se puede cultivar a campo abierto.
  5. Identificación y trazabilidad de lotes — cada lote de producción queda identificado y rastreable.
  6. Gestión de material descartado — qué hacer con lo que no pasa control.
  7. Muestreo y análisis — y qué pasa si un lote da por encima del límite de THC permitido.

ARICCAME se guarda además la facultad de pedir documentación, inspeccionar, auditar y tomar muestras cuando lo considere necesario — y puede coordinarse con otros organismos para cruzar información.

¿Cuándo empieza a regir?

La resolución entra en vigencia a los 30 días hábiles administrativos desde su publicación (3 de septiembre). Eso ubica el arranque efectivo alrededor de mediados de octubre.

Por qué importa, más allá del cáñamo

Esta resolución es la pieza que faltaba para que la industria del cáñamo argentino deje de operar en la incertidumbre. Hasta ahora, quien quería trabajar con flor o biomasa de cáñamo no tenía un camino claro para hacerlo en regla. Ahora lo tiene — con costos, controles y una autoridad que puede auditarte, pero lo tiene. 

Si esto te dejó con más preguntas que respuestas, es porque el cáñamo argentino recién está aprendiendo a caminar en serio — y en Radio Sativa te lo vamos a seguir explicando en criollo, apenas pase. Pasate a leer y quedate a volar con más notas como esta en radiosativa.com.ar, y bajate nuestra app para sintonizarnos al toque, donde estés, y cuando quieras.